SE DESIGNA A LA CIUDAD DE CHINANDEGA PARA CAPITAL INTERINA DE LA FEDERACIÓN
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 10 de noviembre de 1898
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 624 del 13 de noviembre de 1898
Se Designa la Ciudad de Chinandega para Capital Interina de la Federación
El Consejo Ejecutivo Federal de los Estados Unidos de Centro América, cumpliendo el artículo 13 de la Constitución de la República.
DECRETA:
1º Designar ala ciudad de Chinandega para Capital interina de la Federación.
2º El Subsecretario General queda encargado de dictara las medidas conducentes á la transacción del Consejo á lo expresada Capital.
Comuníquese – Managua, 8 de Noviembre de 1898 – M. C. MATUS – SALVADOR GALLEGOS – ÁNGEL UGARTE – El Subsecretario General – SANTIAGO CALLEJAS.
Publíquese – Palacio Nacional – Managua, 10 de Noviembre de 1898 – ZELAYA – El Ministro de la Gobernación – CALDERÓN.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Ejecutivo S/N, Se Designa la Ciudad de Chinandega para Capital Interina de la Federación, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin vigencia o Derecho histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal.