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Sin Vigencia
REFORMA AL DECRETO N°. 71-98, REGLAMENTO DE LA LEY N°. 290 LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO
DECRETO EJECUTIVO N°. 06-2020, aprobado el 31 de marzo de 2020
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 63 del 01 de abril de 2020
El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE REFORMA AL DECRETO No. 71-98, REGLAMENTO DE LA LEY No. 290 LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO
Artículo 1. En materia de la estructura de la Presidencia de la República, se adiciona el numeral 1.30 al numeral 1 del artículo 4 del Decreto No. 71-98 y sus reformas, Reglamento de la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, el que se leerá así:
“Artículo 4. Estructura. Para el adecuado funcionamiento, la Presidencia de la República se estructura en:
1. Asesores del Presidente de la República:
….1.30. Ministro Asesor del Presidente de la República para asuntos del Sistema Local de Atención Integral en Salud Managua. (SILAIS-Managua)”.
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día treinta y uno de Marzo del año dos mil veinte. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.