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Sin Vigencia
(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN INDEPENDIENTE DE PRODUCTORES DE GANADO DE WASLALA)
DECRETO A. N. N°. 2453, aprobado el 07 de diciembre de 1999
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 7 del 11 de enero de 2000
DECRETO A. N. No. 2453
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN INDEPENDIENTE DE PRODUCTORES DE GANADO DE WASLALA, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Waslala, Departamento de Matagalpa.
Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que sus Estatutos lo determinen.
Arto. 3. La Asociación Independiente de Productores de Ganado de Waslala, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en La ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los siete días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.- IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional.- VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto Publíquese y Ejecútese.- Managua, tres de Enero de dos mil.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.