Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera, Tributaria
Categoría normativa: Fe de Errata
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QUE POR UN ERROR EN LA ELABORACIÓN DEL AUTÓGRAFO DE LA LEY NO. 822, “LEY DE CONCERTACIÓN TRIBUTARIA”, PUBLICADA EN LA GACETA, DIARIO OFICIAL NO. 241 DEL 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012, EN EL ARTÍCULO 294

FE DE ERRATAS,

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 108 del 12 de Junio del 2013

ASAMBLEA NACIONAL

Que por un error en la elaboración del autógrafo de la Ley No. 822, “LEY DE CONCERTACIÓN TRIBUTARIA”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 17 de diciembre del año 2012, en el artículo 294, “Reforma al artículo 5 de la Ley No. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística. PYME Turísticas.”, se escribió Impuesto General al Valor (I.G.V.), debiendo ser lo correcto Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), por lo cual solicito Fe de Errata, la que se leerá así:

“En todo el artículo 294, Reforma al artículo 5 de la Ley No. 306, Ley de Incentivos para la Industria Turística. PYME Turísticas., de la Ley No. 822, “LEY DE CONCERTACIÓN TRIBUTARIA”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 17 de diciembre del año 2012, donde dice Impuesto General al Valor (I.G.V.), debe leerse Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.)”.
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