Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

CREACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO

DECRETO EJECUTIVO N°. 51-98, aprobado el 14 julio de 1998

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 138 del 24 de julio de 1998

EL PRESIDENTE LA LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

HA DICTADO:

El siguiente

DECRETO:

DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SANITARIO

Artículo 1.- Se crea la Comisión Nacional de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario cuya función principal es la formulación de los objetivos y estrategias del sector de agua potable y alcantarillado sanitario con el fin de promover el desarrollo de estos servicios a toda la población.

Artículo 2.- La Comisión Nacional de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario esta integrada de la siguiente manera.:

Artículo 3.- Son atribuciones de la Comisión Nacional de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario:
Artículo 4.- La Comisión sesionará ordinariamente una vez al mes en la fecha que acuerden en su reglamento interno, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias cuando se requiera o lo solicite cualquiera de sus miembros.

Artículo 5.- El quórum se formará con la asistencia de tres de sus miembros. El Presidente ejercerá el doble voto en caso de empate.

Artículo 6.- Las decisiones que mediante Resolución dicte la Comisión sobre planificación y estrategias del sector agua potable y alcantarillado sanitario deberán ser aprobadas por el Presidente de la República.

Artículo 7.- Todos los ministerios y organismos estatales, municipales o de las regiones autónomas del Atlántico quedan obligadas a proporcionar a la Comisión la información que ésta le solicite.

Artículo 8.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta, Diario Oficial".

Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el catorce de Julio de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO MONTEALEGRE R. MINISTRO DE LA PRESIDENCIA.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa