Enlace a Legislación Relacionada
(ACEPTAR LA RENUNCIA DE LA COMPAÑERA JULIETA MARÍA BLANDÓN MIRANDA, EN EL CARGO DE PRIMER SECRETARIO DE LA REPRESENTACIÓN PERMANENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA ANTE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA), CON SEDE EN WASHINGTON D.C., ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)
ACUERDO MINISTERIAL Nº. 18-2019, aprobado el 04 de junio de 2019
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 116 del 20 de junio de 2019
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
CONSIDERANDO
I
Que mediante comunicación de fecha tres de junio del año dos mil diecinueve, la Compañera Julieta María Blandón Miranda, presentó su renuncia al cargo de Primer Secretario de la Representación Permanente de la República de Nicaragua ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América y al rango de Consejera en el Escalafón Diplomático del Servicio Exterior.II
Que a la solicitud planteada se le dio el correspondiente trámite, habiéndose determinado que la misma se ajusta a las disposiciones legales contenidas en la Ley de Servicio Exterior y su Reglamento.
POR TANTO
En uso de sus Facultades
ACUERDA
ARTÍCULO 1. Aceptar la renuncia de la Compañera Julieta María Blandón Miranda, en el cargo de Primer Secretario de la Representación Permanente de la República de Nicaragua ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América, así como al rango de Consejera en el Escalafón Diplomático del Servicio Exterior, conforme lo dispuesto para tales efectos en el Artículo 74, inciso 4 de la Ley No. 358 Ley del Servicio Exterior y Artículo 248 de su Reglamento.
ARTÍCULO 2. Por consiguiente quedan cancelados el Acuerdo Ministerial Nº 22-2003, de fecha veintitrés de junio del año dos mil tres, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 139, del veinticuatro de julio del año dos mil tres y el Acuerdo Ministerial Nº 85-2006, de fecha veinticinco de septiembre del año dos mil seis, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 214, del tres de noviembre del año dos mil seis.
ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del día cuatro de junio del año dos mil diecinueve. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de Relaciones Exteriores, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil diecinueve. (f) Denis Moncada Colindres, Ministro.