Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial

Enlace Legislación Relacionada

Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera


VÓTASE UNA SUMA ANUAL EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS PARA LA ADQUISICIÓN DE PREDIOS EN EL EXTRANJERO

DECRETO LEGISLATIVO N°. 68, aprobado el 18 de junio de 1953

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 141 del 20 de junio de 1953

El Presidente de la República,

A sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

DECRETO No. 68

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Arto. 1o.- Vótase la suma anual de Trescientos Sesenta Mil Córdobas (C$ 360,000.00) destinada a que el Poder Ejecutivo adquiera para el Estado, en las ciudades de los países extranjeros que elija, y con quien Nicaragua guarde relaciones diplomáticas o consulares, predios urbanos para las Misiones que Nicaragua acredite en esos países.

Arto. 2o.- Con el fin del artículo anterior el Poder Ejecutivo incluirá anualmente en el Presupuesto de Ingreso y Egreso de la República la Partida correspondiente.

Arto. 3o.- Si para el cumplimiento del artículo primero, el Poder Ejecutivo lo estima necesario, se le autoriza para que por medio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público contrate préstamo a un tipo de interés no mayor de seis por ciento anual, con cualquier institución nacional o extranjera, sin comprometer en garantía las propiedades del Estado, y en condiciones de pago que no excedan de la cantidad de límite que por esta Ley se vota anualmente.

Arto. 4o.- La presente Ley principiará a regir desde su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 17 de Junio de 1953.- LUIS A. SOMOZA, D. P.- J. J. MORALES MARENCO, D. S.- IG. ROMÁN, D. S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 18 de Junio de 1953.- A. ABAÚNZA E., S. P.- ALBERTO ARGÜELLO V., S. S.- PABLO RENER, S. S.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 19 de Junio de 1953.- A. SOMOZA, Presidente de la República.- RAFAEL A. HUEZO, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.

Observación: El Decreto Legislativo Nº. 68, Vótase una Suma Anual en el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República para la Adquisición de Predios en el Extranjero, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa