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FE DE ERRATA DE LA LEY N°. 687, LEY DE REFORMA A LA LEY N°. 522 LEY GENERAL DE DEPORTE EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN FÍSICA
FE DE ERRATA
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 116 del 23 de junio de 2009
ASAMBLEA NACIONAL
Por error en la elaboración de los autógrafos, específicamente en el artículo 2, de la Ley No. 687, LEY DE REFORMA A LA LEY No. 522, "LEY GENERAL DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN FÍSICA", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 107 del 10 de junio del 2009, se omitió la palabra "Centroamericanos", por lo que solicito se
publique la siguiente Fe de Errata:
El artículo 2, de la Ley No. 687, LEY DE REFORMA A LA LEY No. 522 "LEY GENERAL DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN FÍSICA" deberá leerse así:
Art. 2 Se reforma el artículo 109 de la Ley No. 522, "Ley General de Deporte, Educación Física y Recreación Física", el que se leerá así:
"Art. 109 El Estado asegurará una partida presupuestaria adicional para la preparación y participación de la delegación de Nicaragua en los Juegos Centroamericanos, Centroamericanos y del Caribe, Panamericanos y Olímpicos, en correspondencia con el ciclo olímpico internacional. De igual manera deberán incorporarse los juegos Paralímpicos en los ciclos de juegos internacionales y las selecciones nacionales que logren clasificar en la etapa eliminatoria de los torneos internacionales de las diferentes disciplinas deportivas"..