Sin Vigencia
(PÓNENSE EN CIRCULACIÓN BILLETES DE QUINIENTOS CÓRDOBAS)
DECRETO EJECUTIVO No. 53, aprobada el 08 de mayo de 1946
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 100 del 14 de mayo de 1946
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Considerando:
Que en oficio de 3 del corriente el Banco Nacional de Nicaragua participa al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, haber recibido 8 paquetes conteniendo billetes con valor de C$ 500.00 cada uno, serie 1945, que forman parte del pedido de C$ 100.000,000.00 (Cien Millones) con objeto de reponer los billetes mutilados o destruidos por el uso, pedido que fue autorizado por Ministeriales números 18953 y 3012 de Junio 6 y Agosto 25 de 1945; y de acuerdo con el Art. 104 de la Ley del Banco Nacional de Nicaragua.
Decreta:
Artículo 1o.- Poner en circulación, a medida que las necesidades lo requieran, la cantidad de 80,000 billetes de quinientos córdobas (C$ 500.00) cada uno, serie 1945, con número de registro en su orden del 000001 al 080000, dando un total nominal de cuarenta millones de córdobas (C$ 40.000,000.00).
Artículo 2o.- Estos billetes tienen las características siguientes:
Anverso:
Leyendas:- Determinando el valor que lo distingue, marcando la serie correspondiente de 1945 a la izquierda y a la derecha. Las demás a diferencia de la mención del valor, son iguales a los de distintos valores puestos en circulación a partir del año 1941. El guarismo 500, distintivo del valor C$ 500.00, figura en cada ángulo y también destacadamente en las laterales izquierda y derecha al centro horizontal del billete.
Dibujos:- En la parte céntrica, retrato de Rubén Darío ostentándose dentro de un marco oval, fondo negro. Los demás decorativos, en juego de colores atenuados negro, rosado y lila, sobre fondo blanco.
Firmas autorizantes.- La del señor Presidente de la República, General Anastasio Somoza; la del señor Presidente del Consejo Directivo del Departamento de Emisión, don Antioco Sacasa, y la del señor Gerente General del Banco Nacional de Nicaragua, don Rafael A. Huezo.
Reverso:
Leyenda:- Determinando el valor que lo distingue, las demás son iguales a las de los billetes puestos en circulación a partir del año 1941.
Dibujos:- Decoración en juegos de colores verde oliva en fondo blanco. El guarismo 500, distintivo de C$ 500.00, figura a los lados izquierdo y derecho en la parte superior, en la parte media y en la parte inferior, siendo el de la parte media de caracteres destacados sobre los otros. En el centro muéstrase dentro de un círculo, el escudo de armas de la República.
Artículo 3o.- Este Decreto entra en vigor desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Comuníquese- Casa Presidencial- Managua, D. N., 8 de Mayo de 1946.- A. SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, J. Ramón Sevilla.