Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

APROBAR EL PLAN DE MANEJO DE LA RESERVA NATURAL ESTERO PADRE RAMOS

GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA MINISTERIO DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES MARENA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 04-2003, aprobada el 8 de enero del 2003

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 25 del 5 de febrero del 2003

El Ministro del Ambiente y los Recursos Naturales

CONSIDERANDO:

I

Que todas las actividades que se desarrollen en Áreas Protegidas obligatoriamente deben realizarse conforme a un Plan de Manejo los que deberán adecuarse ala categoría del Arca Protegida de que se trate, de conformidad con el Arto. 21 de la Ley 217, Ley General del Ambiente y los Recursos Naturales.
II

Que por Decreto N0. 13-20 del 08 de Septiembre del año 1983, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 213 del 9 de Septiembre de 1983, se declaró el Estero Padre Ramos Área Protegida de Interés Nacional, categoría equiparable a la de Reserva Natural.
III

Que en el caso particular del Área Protegida El Estero Padre Ramos, se han realizado las diferentes fases de revisión y dictamen sobre la propuesta de su Plan de Manejo por parte de la Dirección General de Arcas Protegidas a través del Equipo Dictaminador Multidisciplinario y de consulta con las autoridades y organizaciones locales.
IV

Que habiendo tenido a la vista esta autoridad el dictamen favorable presentado por el Equipo Dictaminador Multidisciplinario conformado por la Dirección General de Áreas Protegidas, el cual indica que la propuesta de Plan de Manejo cumple con los requisitos establecidos en el Arto. 22 del Decreto No. 14-99, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua y Términos de Referencia para su elaboración.

Que estando de acuerdo la ONG SELVA, como comanejante en el contenido del Plan de Manejo del Área Protegida Estero Padre Ramos y siendo remitido el Documento Final del Plan de Manejo por SELVA a la instancia correspondiente de MARENA.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Arto. 28 literal d) de la Ley 290, Ley de Organización, Competencias y Procedimientos del Poder Ejecutivo, Arto. 8 de la Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y Artos. 31, 32, 33 y 34 del Decreto Ejecutivo No. 14-99, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua.

RESUELVE:

APROBAR EL PLAN DE MANEJO DE LA RESERVA NATURAL ESTERO PADRE RAMOS

Artículo 1.- La presente Resolución Ministerial, tiene por objeto aprobar el Plan de Manejo de la Reserva Natural El Estero Padre Ramos, el cual será de acatamiento obligatorio conforme a los dispuesto en el Arto.31 del Decreto 14-99, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua.

Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en La Gaceta, Diario Oficial, en cumplimiento del Arto. 34 del mismo Reglamento.

Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, a los ocho día del mes de Enero del año 2003. Jorge Salazar Cardenal.- Ministro.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.