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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera

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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO N°. 48300-NI Y DONACIÓN N°. H6220-NI, SUSCRITO EL 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA)

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 6292, aprobado el 17 de febrero del 2011

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 43 del 04 de marzo del 2011

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 290-2010 del 29 de noviembre del año 2010, publicado en La Gaceta. Diario Oficial No. 233 del 06 de diciembre del año 2010 y la Fe de Errata del acuerdo presidencial No. 290-2010 publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 245 del jueves 23 de diciembre del año 2010, el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP), en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 09 de diciembre del año 2010 el Convenio de Financiamiento No. 48300-NI y Donación No. H6220-NI con la International Development Association (IDA) del Banco Mundial.

II

Que mediante el referido Convenio de Financiamiento No. 48300-NI y Donación No. H6220-NI, la International Development Association (IDA) le otorga al Gobierno de la República de Nicaragua, un financiamiento por un monto de DEG's 14,000,000.00 (Catorce Millones de Derechos Especiales de Giros), correspondiente aproximadamente a US$ 21,000,000.00 (Veintiún Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), de los cuales US$ 11,000,000.00 (Once Millones de Dólares de los Estados Unidos de América) son en carácter de Donación y US$ 10,000,000.00 (Diez Millones de Dólares de los Estados Unidos de América) son en carácter de Préstamo, para financiar el "Proyecto de Mejora de la Salud Familiar y Comunitaria en los Servicios de Salud" que ejecutará el Ministerio de Salud (MINSA).

III

Que estas actividades están enfocadas en contribuir a (i) la ampliación de la cobertura de los servicios de salud en los municipios seleccionados en los territorios indígenas de Alto Wangki y Bocay; (ii) la normalización de los servicios de salud; ( iii ) el mejoramiento de la calidad de los servicios de salud; y (iv) la ejecución del Modelo de Salud Familiar y Comunitario (MOSAFC).

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente;

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO No. 48300-NI Y DONACIÓN No. H6220-NI, SUSCRITO EL 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA)

Artículo 1 Se aprueba el Convenio de Financiamiento No. 48300-NI y Donación No. H6220-NI, suscrito el 09 de Diciembre del 2010 por la República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y la International Development Association (IDA), por un monto de DEG 's 14,000,000.00 (Catorce Millones de Derechos Especiales de Giros), correspondiente aproximadamente a US$21,000,000.00 (Veintiún Millones de Dólares de los Estados Unidos de América) de los cuales US$11,000,000.00 (Once Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), son en carácter de donación y US$10,000,000.00 (Diez Millones de Dólares de los Estados Unidos de América) son en carácter de Préstamo, para financiar el "Proyecto de Mejora de la Salud Familiar y Comunitaria en los Servicios de Salud" que será ejecutado por el Ministerio de Salud (MINSA).

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil once. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.

Nota: Es error de La Gaceta, Diario Oficial la palabra Artículo y luego en el siguiente artículo solo abreviarlo y poner Art.
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