Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Resoluciones
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MODIFICACIÓN AL ANEXO “A” DE LA NORMA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE FIRMAS DE CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES

RESOLUCIÓN CD-BCN-XIII-1-12
De fecha 28 de marzo de 2012

Publicado en la Gaceta No. 63 del 9 de Abril de 2012

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

I

Que de conformidad con el Arto. 31 de la Ley No. 732, “Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 148 y 149 del cinco y seis de agosto de dos mil diez, respectivamente, los estados contables del Banco Central de Nicaragua (BCN) deberán ser auditados anualmente por una firma de auditores externos seleccionados por el Consejo Directivo, de entre aquellas firmas de reconocida competencia internacional, debidamente registradas en la Contraloría General de la República. La selección de la firma será competencia exclusiva del Consejo Directivo del Banco, sujeto a los procedimientos que apruebe el Consejo, y la firma seleccionada no podrá realizar estas auditorías por más de tres períodos consecutivos.

II

Que mediante Resolución CD-BCN-XLVIII-1-10 el Consejo Directivo del BCN aprobó la “Norma sobre procedimientos para la selección y contratación de firmas de contadores públicos independientes”. En su Anexo “A” dicha Resolución estableció el Cronograma General de Actividades relativas a la auditoría externa de los estados financieros de la institución, el cual concluye en el mes de abril de cada año.
III

Que el Comité Técnico de Auditoría Externa del BCN y la firma Donkin & Argüello Consultores S.A. continúan en el proceso de revisión y discusión del borrador del informe de auditoría del año dos mil once, el cual tiene por finalidad unificar criterios técnicos en los cuales prevalezca la transparencia de la información contable contenida en los estados financieros de la institución; proceso que ha implicado mayor tiempo que el programado por ambas partes.

IV

Que el proceso de revisión y discusión del borrador del informe de auditoría del año dos mil once incluye negociaciones con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las que aún se encuentran en proceso.
En uso de sus facultades, a propuesta de su Presidente,

RESUELVE APROBAR

La siguiente,

MODIFICACIÓN AL ANEXO “A” DE LA NORMA SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE FIRMAS DE CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES

Arto. 1 Modifíquese, a modo de excepción, únicamente en lo que corresponde al proceso de auditoría externa a los estados financieros del BCN del año dos mil once, los plazos establecidos en los numerales 14 al 17 del Anexo “A” de la Resolución CD-BCN-XLVIII-1-10 de fecha catorce de diciembre de dos mil diez, denominada “Norma sobre procedimientos para la selección y contratación de firmas de contadores públicos independientes”, publicada en La Gaceta No. 23 del cuatro de febrero de dos mil once, en la siguiente forma:

ANEXO A

CRONOGRAMA GENERAL DE TRABAJO DEL CTAE
No.ACTIVIDADESMESES
14Revisión definitiva del informe final por parte de la Gerencia General.Abril
15Presentación al Consejo Directivo BCN del informe final, para su aprobación.Abril
16Publicación de los estados financieros auditados en la página de internet del Banco.Mayo
17Envío al Ministerio de Hacienda y Crédito Público del informe de los estados financieros auditados.Mayo

Arto. 2 En virtud de lo anterior, autorícese a la Administración del BCN proceda a realizar los correspondientes ajustes al contrato suscrito con la respectiva firma de auditoría externa.

Arto. 3 Ratificar la vigencia y plena aplicación del Anexo “A” de la Resolución CD-BCN-XLVIII-1-10, publicado en La Gaceta No. 23 del cuatro de febrero de dos mil once antes referida, en los futuros procesos de auditoría externa.

Arto. 4 La presente resolución entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

(f) Ilegible. Alberto José Guevara Obregón. Presidente. (f) Ilegible. Iván Acosta Montalván. Miembro. (f) Ilegible. Silvio Ramón Ruiz Jirón. Miembro. (f) Ilegible. Iván Salvador Romero Arrechavala. Miembro. (f) Ilegible. Mario José González Lacayo. Miembro. Es conforme,

(f) Rafael Ángel Avellán Rivas, Secretario del Consejo Directivo.
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