Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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Sin Vigencia

(CONSIDÉRASE DE CURSO LEGAL C$2,940,000.00 CÓRDOBAS)

DECRETO EJECUTIVO N°. 96, aprobado el 14 de noviembre de 1938

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 252 del 19 de noviembre de 1938

El Presidente de la República,

Con el fin de reponer billetes de varias denominaciones que han quedado fuera de circulación por su mal estado,

Decreta:

Arto. 1º- A partir de 14 del corriente será considerada de curso legal en la República, la cantidad de dos millones novecientos cuarenta mil córdobas (C$2,940,000.00) en billetes nuevos de C$0.10, C$0.25, C$0.50, C$1.00, C$5.00 y C$10.00 de conformidad con el siguiente detalle:

400,000 billetes de C$ 0.10 c/u., Serie 1938 Nos. 000001/400000…… C$40,000.00
400,000 billetes de C$ 0.25 c/u., Serie 1938 Nos. 000001/400000…… C$100,000.00
200,000 billetes de C$ 0.50 c/u., Serie 1938 Nos. 000001/200000…… C$100,000.00
200,000 billetes de C$ 1.00 c/u., Serie 1938 Nos. 000001/200000…… C$200,000.00
200,000 billetes de C$ 5.00 c/u., Serie 1938 Nos. 000001/200000…… C$1,000,000.00
150,000 billetes de C$ 10.00 c/u., Serie 1938 Nos. 000001/150000… C$1,500,000.00
Total: …… C$2,9400,000.00

Arto. 2º- Los Billetes a que se refiere el artículo anterior, son similares en todas sus características, a los ya puestos en circulación de los mismos valores y ostentarán las firmas del Sr. Presidente de la República, General A. Somoza, del actual Ministro de Hacienda, Dr. J. J. Sánchez R. y del Señor J. H. Edwards, Gerente General del Banco Nacional de Nicaragua, Inc. Respectivamente.

Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial, a los catorce días del mes de Noviembre de mil novecientos treinta y ocho. A. Somoza.- El Ministro de Hacienda, por la ley.- Vicente Zamora B.
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