Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sector Energético y Minero
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Abrir Gaceta
-
(RATIFICAR SEGUNDO PROTOCOLO AL TRATADO MARCO DEL MERCADO ELÉCTRICO DE AMÉRICA CENTRAL)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 198-2007, aprobado el 12 de abril del 2007

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 75 del 23 de abril del 2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1.- Ratificar lo actuado por el Compañero Ingeniero Manuel Coronel Kautz, Viceministro de Relaciones Exteriores de la República de Nicaragua, quien en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el Segundo Protocolo al Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central, en el Estado de Campeche, Estados Unidos Mexicanos, en el contexto de la Cumbre de Jefes de Estado para el Fortalecimiento del Plan Puebla Panamá, el día diez de abril del año dos mil siete.

Artículo 2.- La Trascripción del presente Acuerdo servirá como documento suficiente de Plenos Poderes para que el Compañero Ingeniero Coronel Kautz, acredite la representación de la República de Nicaragua.

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos el diez de abril del año dos mil siete. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los doce días del mes de abril del año dos mil siete. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.