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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Aduanas

Sin Vigencia

MODIFICACIÓN EN UNA SUB-PARTIDA DEL CÓDIGO DE IMPORTACIONES

DECRETO N°. 33, aprobado el 6 de mayo de 1959

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 103 del 12 de mayo 1959

Modificación en una Sub-Partida del Código de Importaciones

No. 33

El Presidente de la República,

En uso de las facultades que le confiere el Arto. 23 del Código Arancelario de Importaciones.

Decreta:

Arto. 1o. Los aforos establecidos en el Código Arancelario de Importaciones en la sub-partida 655 06 02 se leerán «Específico Libre» y «Ad-valorem» 10% en vez de «Específico 0.90 y Ad-Valoren 10%» que actualmente se establecen.

Arto. 2o. —. El presente Decreto entrará en vigor desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial, Managua, D.N., a los seis días del mes de Mayo de mil novecientos cincuenta y nueve.—(f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.—(f) J.J. Lugo Marenco, Vice-Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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