Sin Vigencia
MODIFICACIÓN EN UNA SUB-PARTIDA DEL CÓDIGO DE IMPORTACIONES
DECRETO N°. 33, aprobado el 6 de mayo de 1959
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 103 del 12 de mayo 1959
Modificación en una Sub-Partida del Código de Importaciones
No. 33
El Presidente de la República,
En uso de las facultades que le confiere el Arto. 23 del Código Arancelario de Importaciones.
Decreta:
Arto. 1o.— Los aforos establecidos en el Código Arancelario de Importaciones en la sub-partida 655 06 02 se leerán «Específico Libre» y «Ad-valorem» 10% en vez de «Específico 0.90 y Ad-Valoren 10%» que actualmente se establecen.
Arto. 2o. —. El presente Decreto entrará en vigor desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial, Managua, D.N., a los seis días del mes de Mayo de mil novecientos cincuenta y nueve.—(f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.—(f) J.J. Lugo Marenco, Vice-Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.