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Sin Vigencia
DE REFORMA AL DECRETO N° 40-94, LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO (INATEC), PUBLICADO EN LA GACETA N°. 192 DEL 14 DE OCTUBRE DE 1994
DECRETO EJECUTIVO N°. 59-2009, aprobado el 31 de julio de 2009
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 147 del 06 de agosto de 2009
El Presidente de la República
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
De Reforma al Decreto N°. 40-94, Ley Orgánica del Instituto Nacional Tecnológico (INATEC), publicado en La Gaceta N°. 192 del 14 de Octubre de 1994.
Artículo 1. Se reforma el Artículo 11 del Decreto N°. 40-94, el cual se leerá así:
“El Consejo Directivo estará integrado en la forma siguiente:
a) Cuatro miembros por el Sector Público: El Ministro del Trabajo, quien actuará como Presidente de dicho Consejo; el Ministro de Educación o su Representante, el Ministro de Finanzas o su representante y el Ministro de Economía y Desarrollo o su representante.
b) Tres miembros por el sector privado y Dos por los trabajadores.
Los miembros representantes del sector privado y de los trabajadores serán nombrados por el Presidente de la República de ternas presentadas por estos sectores, las que serán solicitadas por la Presidencia de la República, procurando escoger a personas vinculadas a la Formación Profesional y que serán designadas por un período de dos años, renovables por un periodo igual.”
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve, Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Salvador Vanegas Guido, Secretario de la Presidencia, Encargado del Despacho de la Secretaria Privada para Políticas Nacionales.