Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Educación
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

DE REFORMA AL DECRETO N° 40-94, LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO (INATEC), PUBLICADO EN LA GACETA N°. 192 DEL 14 DE OCTUBRE DE 1994

DECRETO EJECUTIVO N°. 59-2009, aprobado el 31 de julio de 2009

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 147 del 06 de agosto de 2009

El Presidente de la República

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

De Reforma al Decreto N°. 40-94, Ley Orgánica del Instituto Nacional Tecnológico (INATEC), publicado en La Gaceta N°. 192 del 14 de Octubre de 1994.

Artículo 1. Se reforma el Artículo 11 del Decreto N°. 40-94, el cual se leerá así:

El Consejo Directivo estará integrado en la forma siguiente:

a) Cuatro miembros por el Sector Público: El Ministro del Trabajo, quien actuará como Presidente de dicho Consejo; el Ministro de Educación o su Representante, el Ministro de Finanzas o su representante y el Ministro de Economía y Desarrollo o su representante.

b) Tres miembros por el sector privado y Dos por los trabajadores.

Los miembros representantes del sector privado y de los trabajadores serán nombrados por el Presidente de la República de ternas presentadas por estos sectores, las que serán solicitadas por la Presidencia de la República, procurando escoger a personas vinculadas a la Formación Profesional y que serán designadas por un período de dos años, renovables por un periodo igual.

Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve, Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Salvador Vanegas Guido, Secretario de la Presidencia, Encargado del Despacho de la Secretaria Privada para Políticas Nacionales.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.