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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Aduanas

Sin Vigencia

TRANSFIÉRESE A PRIMERA CATEGORÍA

DECRETO EJECUTIVO N°. 12, aprobado el 10 de octubre de 1957

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 234 del 16 de octubre de 1957

DECRETO No. 12

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

En uso de las facultades que le confiere el Arto. 17 de la Ley Reguladora de Cambios Internacionales de 24 de junio de 1955,

Decreta:

Arto. 1. — Se transfieren a Primera Categoría o Lista Número Uno la maquinaria para descascarar semilla de higuerilla, comprendida en la subpartida 712-02-02 del Código Arancelario de Importaciones, así como sus partes y repuestos, con independencia de la numeración arancelaria en que se encuentren éstos.

Arto. 2. — Este Decreto comenzará a regir desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial:

Dado en Casa Presidencial. — Managua, D.N., diez de Octubre de mil novecientos cincuenta y siete. — LUIS A. SOMOZA D. — El Vice-Ministro de Estado en el Despacho de Economía, Luis A. Cantarero.
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