Enlace a Legislación Relacionada
DECRETO DE REFORMA AL ARTÍCULO 4 DE LA LEY DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES
DECRETO EJECUTIVO N°. 07-99, aprobado el 25 de enero de 1999
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 22 del 2 de febrero de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO
Artículo 1.- Se adiciona al artículo 4 del Decreto 49-91, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 6 del 13 de Enero de 1992, un nuevo inciso h) el que se leerá así:
“h) Dos Representantes de la Sociedad Civil, nombrados por el Presidente de la República”.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en “La Gaceta, Diario Oficial”.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticinco de Enero de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
Observación: Título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1036, Ley N°. 1036, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Transporte, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 17 del 26 de enero de 2021.