Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Categoría normativa: Normas Técnicas
Abrir Gaceta
-
NORMA TÉCNICA NICARAGÜENSE DE MIEL DE ABEJA

NORMA TÉCNICA N° 03 030-00, aprobada el 3 de febrero del 2000

Publicada en La Gaceta Diario Oficial N°. 66 del 03 de abril del 2001

NORMA TÉCNICA N° 03 030-00


CERTIFICACIÓN


La suscrita Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad, por la presente CERTIFICA: 1. - Que en el Libro de Actas que lleva dicha Comisión, de las páginas 37 a la 40 se encuentra que literalmente dice: "ACTA No. 008-00 En la ciudad de Managua, a las nueve y cuarenta de la mañana del día nueve de Marzo del año dos mil, reunidos en el Auditorio del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad, integrada por los siguientes miembros: Lic. Norman Caldera, Ministro de Fomento, Industria y Comercio; Ing. Clemente Balmaceda, Delegado del Ministro de Transporte e Infraestructura; Lic. Vicente Urcuyo, Delegado del Ministro Agropecuario y Forestal; Ing. Indina León Medrano, Delegada del Director del Instituto Nicaragüense de Energía; Dr. Gilberto Solís Espinoza, Delegado del Representante del Sector Industrial; Dr. Boris Gutiérrez, Delegado del Ministro de Salud, Ing. Jorge Espinoza O., Delegado del Ministro del Ambiente y los Recursos Naturales; Ing. Mauricio Peralta, Director General de Competencia y Transparencia en los Mercados del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio y la Lic. Jamileth Loyman de Martínez, Secretaria Ejecutiva, Directora de Tecnología, Normalización y Metrología del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, en calidad de invitados especiales, Ing. Humberto Guerrero A. Delegado de la Comisión Nacional de Energía; Ing. Donald Tuckler Tórrez, Secretario Ejecutivo de la Asociación Nacional de Avicultores y Productores de Alimento y el Lic. Ernesto Castillo miembro de la Asociación Nacional de Avicultores y Productores de Alimento. Constatado el Quórum de Ley y siendo este el día, lugar y hora señalados, se procede en la siguiente forma: Preside la Sesión el Lic. Norman Caldera, quien la declara abierta. A continuación se aprueban los puntos de Agenda a tratar que son los siguientes: (partes inconducentes) 8-00 Aprobar la Norma NTON 03-029-99 Norma Técnica de Miel de Abeja, presentada por el Ministerio Agropecuario y Forestal. (partes inconducentes). No habiendo otro asunto que tratar, se levanta la sesión a las once de la mañana del día nueve de Marzo del dos mil. Leída fue la presente acta, se encuentra conforme, se prueba, ratifica y firmamos. Norman Caldera, Ministro de Fomento, Industria y Comercio. Presidente. Lic. Jamileth Loyman, Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad." Es conforme con su original, con el cual fue debidamente cotejado por la suscrita Secretaria Ejecutiva y a solicitud del Ministerio Agropecuario y Forestal para su debida publicación en "La Gaceta, Diario Oficial”, extiendo esta CERTIFICACIÓN la que firmo y sello en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de Octubre del año dos mil. Lic. Jamileth Loyman de Martínez, Secretaria Ejecutiva, Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad.

La Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense 03 030-00 Norma Técnica de Miel de Abeja, ha sido preparada por el Grupo de Trabajo de Miel y en su elaboración participaron las siguientes personas:

.
Gerardo Gutiérrez
Silvio Flores
Noel Salazar
Fiorami Avenoli
Enrique Sánchez
Ana Cristina Miranda
Bernabela Orozco
Clara lvaníz Soto
Noemí Solano Lacayo
Silvio René López
Karlyn Stubbert
Comisión Nacional de Promoción y Exportaciones (CNPE/MIFIC)
NATIVA
FOCANICSA
COSPE
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAG-FOR)
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAG-FOR)
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAG-FOR)
Ministerio de Salud MINSA
Ministerio de Fomento Industria y Comercio (MIFIC)
Productor
Asociación Nicaragüense de Productores y Exportadores de Productos No Tradicionales (APEEN)

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.