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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Turismo
DERÓGASE EL DECRETO LEGISLATIVO N°. 17, RELATIVO CON EL IMPUESTO DE TURISMO

DECRETO LEGISLATIVO N°. 202 aprobado el 10 de octubre de 1956

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 256 del 10 de noviembre de 1956

El Presidente de la República,

a sus habitantes

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

DECRETO No 202

Que la Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua

Decretan:

Arto. 1º.- Derogase el Decreto Legislativo No, 17 de 25 de Octubre de 1947, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No,238 de 31 de Octubre de ese mismo año.

Arto. 2º.- Esta Ley empezará a regir desde se publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D.N. , Septiembre 25 de 1956 .- Ulises Irías, D. P. - A. Montenegro, D. S., - Salv. Castillo, D. S.

Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado. Managua, D.M., 10 de Octubre de 1956 .- Lorenzo Guerrero, S. P. - Pablo Rener, S. S. - Alberto Arguello V., S. S.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial. Managua, D.N., trece de Octubre de 1956 , LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. - M. Armijo S., Ministro de Fomento y OO. PP.

Observación: El Decreto Legislativo N°. 202, (Derogase el Decreto Legislativo N°. 17, Relativo con el Impuesto de Turismo), se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Turismo.
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