(ABRASE SUB-PARTIDA EN EL CÓDIGO ARANCELARIO DE IMPORTACIONES)
No. 16; Aprobado el 08 de Enero de 1957
Publicado en La Gaceta No.13 del 16 de enero de 1957
No. 16
EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA,
A insinuación de la Comisión Central Aduanera y en uso de las facultades que le concede el Arto. 23 del Código Arancelario de Importaciones:
DECRETA:
Artículo 1.- Abrase la Subpartida 552 02 03 del Código Arancelario de Importaciones y créanse dentro de ella dos incisos, que tendrán las numeraciones, descripciones y gravámenes siguientes.Sub-partida e incisos Específicos Ad-valorem
552-02-03 Otros jabones y preparados para lavar y limpiar, n.e.p
excepto los jabones con abrasivos
552-02-03-1 Aceites sulfonados 0.05 10%
552-02-03-2 Los demás 0.20 10%Artículo 2.- Esta Ley empezará a regir desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial.- Managua, D.N., a los ocho días del mes de Enero de mil novecientos cincuenta y siete.- (f) LUIS A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) RAFAEL A. HUEZO, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.