IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: S/Definir
(ADICIÓN AL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO No. 31-97)

DECRETO No. 70-97, Aprobado el 05 de Diciembre de 1997

Publicado en La Gaceta No. 235 del 10 de Diciembre de 1997

DECRETO No. 70-97

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que me confiere la Constitución Política

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Artículo 1.- Adicionar al Artículo 2 del Decreto 31-97 publicado en La Gaceta Diario Oficial No.105 del 5 de Junio de 1997 como parte integrante del Poder Ejecutivo en el Párrafo de los Ministros de Estado y Presidentes, Directores de las siguientes Instituciones: "Economía y Desarrollo"

Artículo 2.- El presente Decreto, entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia a los cinco días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y siete.- ARNOLDO ALEMÀN LACAYO, Presidente de la Republica de Nicaragua.- EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS, Ministro de la Presidencia.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa