(AUTORIZASE UNA OBRA DEL CÓDIGO PENAL)
ACUERDO PRESIDENCIAL No. 115, Aprobado el 10 de Febrero de 1950
Publicado en La Gaceta No. 39 del 23 de Febrero de 1950
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En vista de lo dispuesto en el Art. 1º. del Decreto de 2 de Febrero corriente, y habiendo sido revisado por el Ministerio de Justicia para la obra que sobre Derecho Penal ha hecho el señor doctor Manuel Escobar h., según autorización que se le concedió por acuerdo de 3 de Septiembre de 1949.
Acuerda:
Único.- Habiendo sido terminada la impresión del Código Penal de Nicaragua, que fue autorizada en el citado Acuerdo de 3 de Septiembre de 1949, antes de la vigencia del Decreto de 2 de Febrero corriente, téngase como edición oficial, la trascripción que en dicha obra se hace del Código Penal de esta República.
Comuníquese.-Casa Presidencial.-Managua, D. N., 10 de Febrero de 1950.- ROMAN.- El Ministro de Justicia, M. Salmerón.