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Categoría normativa: Decretos - Ley
Materia: S/Definir

Sin Vigencia

REFORMA A LA LEY DE IMPUESTO SELECTIVO DE CONSUMO

DECRETO - LEY N°. 15-90, aprobado el 25 de mayo de 1990

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 103 del 30 de mayo de 1990

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades otorgadas en el numeral 4 del Artículo 150, de la Constitución Política,

Decreta:

La siguiente reforma a la Ley del Impuesto Selectivo de Consumo.

Artículo 1.- Se reforma el último Párrafo del Artículo No. 6 del Decreto No. 1532, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 249 del 27 de Diciembre de 1984, (Ley de Impuesto Selectivo de Consumo), el cual se leerá así:

"Los Acuerdos Ministeriales tomados conforme este artículo, regirán a partir de la fecha de la publicación por cualquier medio de comunicación colectiva".

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de Mayo de mil novecientos noventa.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.
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