REFORMA AL DECRETO No. 76-2002, DE CREACIÓN DE LAS COMISIONES DE COMPETITIVIDAD Y DE TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
DECRETO No. 100-2004. Aprobado el 26 de Agosto del 2004.
Publicado en La Gaceta No. 179 del 13 de Septiembre del 2004.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Reforma al Decreto No. 76-2002, De Creación de las Comisiones de Competitividad y de Tratados de Libre Comercio
Artículo 1.- Se reforma el artículo 6 del Decreto No. 76-2002, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 154 del 16 de agosto de 2002, el que se leerá así:
"La Comisión de Tratados de Libre Comercio estará integrada por cuatro miembros del sector público y tres miembros del sector privado, la Comisión de Competitividad estará integrada por seis miembros del sector público y siete miembros del sector privado, nombrados por el Presidente de la República, quien las presidirá y en su defecto delegará al funcionario que la presida".
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.