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Sin Vigencia
REFORMA AL DECRETO N°. 76-2002, DE CREACIÓN DE LAS COMISIONES DE COMPETITIVIDAD Y DE TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
DECRETO EJECUTIVO N°. 100-2004, aprobado el 26 de agosto de 2004
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 179 del 13 de septiembre de 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Reforma al Decreto N°. 76-2002, De Creación de las Comisiones de Competitividad y de Tratados de Libre Comercio
Artículo 1.- Se reforma el artículo 6 del Decreto No. 76-2002, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 154 del 16 de agosto de 2002, el que se leerá así:
"La Comisión de Tratados de Libre Comercio estará integrada por cuatro miembros del sector público y tres miembros del sector privado, la Comisión de Competitividad estará integrada por seis miembros del sector público y siete miembros del sector privado, nombrados por el Presidente de la República, quien las presidirá y en su defecto delegará al funcionario que la presida".
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.