Sin Vigencia
RATIFICACIÓN CONVENIOS CON BULGARIA
DECRETO EJECUTIVO N°. 741, aprobado el 30 de junio de 1981
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 148 del 06 de julio de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Ratifícanse en todas sus partes los convenios de apertura de créditos por Tres Millones Quinientos Mil Dólares (US$3,500,000.00), por Cinco Millones de Dólares (US$5,000,000.00) y por Diez Millones de Dólares (US$10,000,000.00) respectivamente, otorgados a la República de Nicaragua por la República Popular de Bulgaria y suscritos en Managua el 27 de enero de 1981.
Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y uno. «Año de la Defensa y la Producción».
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas.