Sin Vigencia
DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO 18 DE LA LEY N°. 36, LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DECRETO EJECUTIVO N°. 472, aprobado el 20 de octubre de 1989
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 234 de 11 de diciembre de 1989
DEROGACION DEL ARTO. 18 DEL DECRETO No. 36 DE 1979
Decreto No. 472
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Arto. 1.- Se deroga el Arto. 18 del Decreto No. 36 de 1979, Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, publicado en La Gaceta No. 5 del 31 de Agosto del mismo año.
Arto. 2.- El presente Decreto entra en vigencia a partir de su divulgación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y nueve. "Año del X Aniversario".- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.
Observación: El Decreto Ejecutivo Nº. 472, Derogación del Artículo 18 de la Ley N°. 36, Ley Orgánica de la Orgánica de la Procuraduría General de la República, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Gobernabilidad.