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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos - Ley
Materia: S/Definir
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Sin Vigencia

REFORMA LEY PARA ARANCELES CONSULARES

DECRETO EJECUTIVO N°. 861, aprobado el 09 de noviembre de 1981

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 258 del 13 de noviembre de 1981

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades y con fundamento del artículo 23 del Decreto N°. 388 del 2 de mayo de 1980,

Hace saber al pueblo nicaragüense:

Único: Que aprueba las Reformas hechas por el Consejo de Estado en Sesión Ordinaria No. 23 del veintiocho de Octubre de mil novecientos ochenta y uno a la "Ley para Aranceles Consulares", el que ya reformado íntegra y literalmente se leerá así:

"Artículo 1.- Refórmanse los numerales 1, 2, 3 y 4 y se adiciona uno nuevo, de Actos Administrativos y Diversos del Decreto No. 351 del 24 de marzo de 1980, que se leerá así:

1) Por PasaporteUS$ 60.00
2) Por RevalidaciónUS$ 30.00
3) Por Documento ProvisionalUS$ 15.00
4) Formulario de Solicitud para Visa y PasaporteUS$.1.00
5) Por VisaUS$ 10.00

El resto de los numerales, se numerarán sucesivamente.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial".

Es conforme. POR TANTO: Téngase como Ley de la República. Ejecútese y Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas.
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