Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos - Ley
Materia: S/Definir

Sin Vigencia


DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO No. 16 DEL DECRETO No. 580
DE EMPRESAS DE REFORMA AGRARIA

DECRETO No. 213, Aprobadoel 18 de Agosto de 1986

Publicado en La Gaceta No.193 del 8 de Septiembre de 1986

El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

DECRETA:
Artículo 1.-Se deroga el Artículo 16 del Decreto No. 580, Ley de Empresas de Reforma Agraria, emitido el dos de Diciembre de mil novecientos ochenta, y publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 284, de fecha 9 de Diciembre del mismo año.

Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los dieciocho días del mes de Agosto de mil novecientos ochenta y seis. "A 25 Años, Todas las Armas Contra la Agresión".
DANIEL ORTEGA SAVEDRA
Presidente.

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