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Sin Vigencia
(AUTORIZACIÓN A LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIO)
DECRETO EJECUTIVO N°. 47-98. aprobado el 25 junio 1998.
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 121 del 30 junio 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO:
El siguiente: DECRETO:
Artículo 1.- Con fundamento en el artículo 2 de la Ley de Creación de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios, publicada en La Gaceta No.12 del 20 de Enero de 1998, se autoriza a la Junta Directiva de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitario para crear Empresas Independientes en cualquier otra parte del país.
Artículo 2.- Las empresas creadas por la Junta Directiva de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados quedan adscritas a éstas y obligadas a cumplir con sus planes estratégicos.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en "La Gaceta, Diario Oficial".
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticinco de Junio de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO .- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO MONTEALEGRE R.- MINISTRO DE LA PRESIDENCIA.