ACLARACIÓN DEL DECRETO SOBRE EMPRESAS Y TIERRAS AFECTAS AL PROGRAMA DE DESARROLLO BANANERO EN LA COSTA DEL PACÍFICO DE NICARAGUA.
Decreto No. 11-91 de 8 de febrero de 1991
Publicado en La Gaceta No. 45 de 6 de marzo de 1991
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA,
Considerando:
I
Que es necesario para la recuperación económica del país, el desarrollo de proyectos que generen fuentes de inversión y de trabajo y que produzcan ingresos al país.
II
Que la actividad bananera es un importante rubro de exportación y que debe ser ejercida dentro del marco de la actividad privada, estatal, cooperativa o mixta, dentro de los lineamientos de la economía de mercado, esencial para el desarrollo de los planes del Gobierno dentro de la Concertación Nacional.
Por Tanto:
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
Ha Dictado:
El siguiente Decreto de:
ACLARACION DEL DECRETO SOBRE EMPRESAS Y TIERRAS AFECTADAS AL PROGRAMA DE DESARROLLO BANANERO EN LA COSTA DEL PACIFICO DE NICARAGUA
Artículo 1.- Se aclara el Decreto No 608 del 16 de Diciembre de l980, publicado en "La Gaceta" No 4 del 8 de Enero de 1981, en el sentido de que debe entenderse aplicable únicamente a las empresas y tierras dedicadas al cultivo del banano existente a la fecha de promulgación de dicho Decreto, y que estaban comprendidas en el Programa de Desarrollo Bananero en la Costa del Pacífico de Nicaragua. Así como también a aquellas otras empresas y tierras que posteriormente se dedicaron a esa actividad y han entrado a formar parte en alguna manera de las operaciones de la Corporación Nicaragüense del Banano (BANANIC) .
Artículo 2.- El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los ocho días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y uno.- Violeta Barrios de Chamorro. Presidente de la República de Nicaragua.