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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Educación


RESTABLECIMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO

DECRETO EJECUTIVO N°.15-98, aprobado el 20 de febrero de 1998

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 37 del 24 de febrero de 1998

DECRETO No.15-98

El Presidente de la República de Nicaragua,

En uso de sus facultades

HA DICTADO:

El siguiente

DECRETO:

Artículo 1.- Se Deroga el Decreto 4-97 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 25 del 2 de Febrero de 1997, en consecuencia se restablece la vigencia del primer párrafo del artículo 3 del Decreto 3-91 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 28 del 8 de Febrero de 1991, Creación del Instituto Nacional Tecnológico.

Artículo 2.- Se restablece la vigencia del Decreto 40-94 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Número 192 del 14 de Octubre de 1994 en todas las disposiciones que fueron reformados por el Decreto que se deroga en el Arto. 1.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial a los veinte días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y ocho.- Arnoldo Alemán Lacayo.- Presidente de la República de Nicaragua. - Eduardo Montealegre R., Ministro de la Presidencia.

Observación: El Decreto Ejecutivo N°. 15-98, Restablecimiento del Instituto Nacional Tecnológico, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación. La Ley N°. 1063, Ley Reguladora del Instituto Nacional Tecnológico, INATEC deroga al Decreto Ejecutivo N°. 15-98, Restablecimiento del Instituto Nacional Tecnológico.
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