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Categoría normativa: Decretos - Ley
Materia: Sector Energético y Minero

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Sin Vigencia

LEY DE ANEXIÓN AL INE DE LAS ATRIBUCIONES QUE EN MATERIA DE HIDROCARBUROS CORRESPONDEN A INMINEH

DECRETO - LEY N°. 808, aprobado el 28 de agosto de 1981

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 201 de 5 de septiembre de 1981

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Decreta:

La siguiente:

LEY DE ANEXIÓN AL INE DE LAS ATRIBUCIONES QUE EN MATERIA DE HIDROCARBUROS CORRESPONDEN A INMINEH

Artículo 1.-Se anexa al Instituto Nicaragüense de Energía (INE), los objetivos, funciones y atribuciones que en materia de hidrocarburos le corresponden al Instituto Nicaragüense de Minas e Hidrocarburos, de conformidad con el Decreto No. 519 del 10 de agosto de 1980, publicado en "La Gaceta" No. 216 del 20 de septiembre del mismo año, o de acuerdo con cualquier otra disposición legal vigente.

Asimismo el INE se hará cargo de los recursos hidrocarburíferos asignados a INMINEH, conforme lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto No. 519 antes mencionado.

Artículo 2.-Pasarán al INE todas las diligencias administrativas, estudios, informes, mapas, documentos de carácter técnico y toda otra información referente a los recursos hidrocarburíferos que actualmente estén en poder de INMINEH.

Artículo 3.-El Instituto Nicaragüense de Minas e Hidrocarburos, a partir de la vigencia de esta Ley se denominará Instituto Nicaragüense de Minas (INMINA), conservando su misma estructura orgánica, objetivos, funciones y atribuciones, salvo lo modificado expresamente por la presente Decreto.

Artículo 4.-Esta Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas.

Observación: Esta norma fue publicada en La Gaceta, Diario Oficial con el titulo Ley de Anexión al INE y se encuentra en el anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley N°. 1045, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia del Sector Energético y Minero con el titulo "Ley de Anexión al INE de las Atribuciones que en Materia de Hidrocarburos Corresponden a INMINEH"
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