Normas Jurídicas de Nicaragua
Enlace al Reglamento:
Materia: Administrativa
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

DERÓGASE EL DECRETO N°. 467, CREACIÓN CENTRO COORDINADOR JUDICIAL Y LEGAL

DECRETO EJECUTIVO N°. 116, aprobado el 28 de agosto de 1985

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 181 del 23 de septiembre de 1985

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1.- Se deroga el Decreto No. 467, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 155 del 9 de Julio de Mil novecientos Ochenta (Creación Centro Coordinador Judicial y Legal).

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de agosto de Mil novecientos ochenta y cinco. "Por la Paz, "Todos contra la Agresión".-DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.