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REFORMA AL DECRETO CREADOR DE LA AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL DEL DEPARTAMENTO DE NUEVA SEGOVIA (ADEL)
DECRETO EJECUTIVO N°. 65-98, aprobado el 14 octubre 1998
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 207 del 02 de noviembre de 1998
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO
REFORMA AL DECRETO CREADOR DE LA AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL DEL DEPARTAMENTO DE NUEVA SEGOVIA (ADEL)
Artículo 1.- Se Reforma el Artículo 7 del Decreto No. 31-94 de Creación de la Agencia de Desarrollo Económico Local del Departamento de Nueva Segovia (ADEL) , publicado en La Gaceta No. 151 del 15 de Agosto de 1994 el cual íntegra y literalmente deberá leerse así:
"Arto. 7.- El Consejo Directivo estará integrado por los siguientes miembros:
a) Un delegado del Ministerio de Gobernación;
b) Un delegado del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes;
c) Un delegado del Ministerio Agropecuario y Forestal;
d) Un delegado del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales;
e) Un delegado del Ministerio del Trabajo;
f) Dos miembros por el sector productivo local;
g) Un miembro por las organizaciones empresariales;
h) Un miembro por el Sector Bancario y Financiero;
i) Un miembro por las organizaciones no gubernamentales de carácter local.
Los miembros a que se refieren los literales f) , g) , h) e i) serán designados por sus respectivos sectores".
Artículo 2.- Los demás artículos del mencionado Decreto 31-94 conservan su redacción y vigencia.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el catorce de Octubre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.