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Sin Vigencia
REFORMAS AL DECRETO No. 31-2002, REGLAMENTO DEL DIARIO OFICIAL, LA GACETA
DECRETO EJECUTIVO N°. 6-2004, aprobado el 11 de febrero de 2004
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 33 del 17 de febrero de 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
REFORMA AL DECRETO N°. 31-2002, REGLAMENTO DEL DIARIO OFICIAL, LA GACETA
Artículo 1.- Se reforma y adiciona el artículo 23 del Decreto N°. 31-2002, Reglamento del Diario Oficial, La Gaceta, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, N°. 86 del 10 de mayo de 2002, el que se leerá así:
Suscripciones
Anual C$2,100.00
Semestral C$1,050.00
Trimestral C$ 525.00
Ejemplar suelto C$ 35.00
Artículo 2.- Vigencia. El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día once de febrero del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER Presidente de la República de Nicaragua.