DEROGACIÓN DE LA LEY CREADORA DEL CONSEJO NACIONAL DE PLANIFICACIÓN
DECRETO EJECUTIVO N°. 509, aprobado el 4 de abril de 1990
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 73 de 16 de abril de 1990
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere el inciso 4) del Artículo 150 de la Constitución Política.
DECRETA:
Artículo 1.- Se deroga el Decreto No. 5 del 10 de Enero de 1985, Creación del Consejo Nacional de Planificación, publicado en "La Gaceta,, No 12 del 16 de Enero del mismo año.
Artículo 2.- El presente Decreto deroga cualquier disposición relacionada con el consejo Nacional de Planificación y entra en vigencia a partir de su divulgación por cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de Abril de mil novecientos noventa. "Año de la Paz y la Reconstrucción". Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.
Observación: En el Decreto Ejecutivo Nº. 509, Derogación de la Ley Creadora del Consejo Nacional de Planificación, en el texto publicado en La Gaceta, Diario Oficial se cita el artículo 151 inciso 4, donde se le faculta al Presidente dictar Decretos Ejecutivos, siendo lo correcto el Arto. 150 , inciso 4.
El Decreto Ejecutivo Nº. 509,Derogación de la Ley Creadora del Consejo Nacional de Planificación, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Gobernabilidad.