Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Leyes
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada

PRORRÓGASE POR UN AÑO MÁS LEY DE INQUILINATO

LEY N°. 602, aprobada de 04 de diciembre de 1974

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 267 de 22 de noviembre de 1974

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

a los habitantes de la República,

Sabed:

Que la Asamblea Nacional Constituyente ha ordenado lo siguiente:

La Asamblea Nacional Constituyente de la República de Nicaragua,

En uso de sus facultades,

Decreta:

Artículo 1.- Prorrógase por el término de un año, a partir de la fecha de su vencimiento, las disposiciones del Decreto Legislativo No. 281 que comprende la Ley de Inquilinato publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No. 248, del 1 de Noviembre de 1957, y todas sus reformas posteriores.

Artículo 2.- Esta Ley empezará a regir desde el 1 de Noviembre de 1974 deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente.- Managua, D.N., Octubre 30 de 1974.- Cornelio H. Hüeck, Presidente.- Ramiro Granera Padilla, Secretario.- Arnoldo Lacayo Maison, Secretario.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., siete de Noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.- JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO.- (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDM. PAGUAGA I.- (f) A. LOVO CORDERO.- Doy fe: (f) Luis Valle Olivares, Secretario.- (f) Leandro Marín Abaunza, Ministro de la Gobernación.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa