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LEY QUE DECLARA EL DÍA 23 DE AGOSTO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA ALFABETIZACIÓN
LEY N°. 557, aprobada el 13 de octubre de 2005
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 210 del 31 de octubre de 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
La siguiente:
LEY QUE DECLARA EL DÍA 23 DE AGOSTO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA ALFABETIZACIÓN
Artículo 1.- Declárese de conformidad con la presente Ley el día 23 de agosto como el Día Nacional de la Alfabetización.
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de Octubre del año dos mil cinco. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiún de octubre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.