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Sin Vigencia
REFORMA DEL ARTICULO 3 DEL DECRETO N°. 1514, REFORMA AL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO N°. 1351, PUBLICADO EN LA GACETA, DIARIO OFICIAL N°. 192 DEL 05/10/1984
DECRETO EJECUTIVO N°. 420, aprobado el 10 de enero de 1989
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 29 del 09 de febrero de 1989
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Se reforma el Artículo 3 del Decreto No. 1514 del 27 de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial No. 192 del 5 de Octubre del mismo año, el que se leerá así:
“Arto. 3 La Comisión Nacional Pro-Celebración del V Centenario del Descubrimiento de América estará presidida por el Padre Ernesto Cardenal Martínez, e integrada por:
- Rodrigo Reyes Portocarrero
- Miguel D' Escoto Brockmann
- Fernando Cardenal Martínez
- Joaquín Solís Puira
- Padre Uriel Molina Oliú
- Marcos Valle Martínez
- Luis Pasos Argüello
- Eduardo Pérez Valle
- Luis Rocha Urtecho
- Minerva Wilson Ortega
- Rosario Murillo Zambrana
Artículo 2.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los diez días del mes de Enero de mil novecientos ochenta y nueve. – “ Año del X Aniversario”. - Daniel Ortega Saavedra , Presidente de la República.