[ADICIÓN DEL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO No. 20-2004, ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR, 1974 (SOLAS 74)]
DECRETO EJECUTIVO N°. 63-2004 , aprobado el 11 de junio del 2004
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 117 del 16 de junio del 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1.- Se adiciona al final del Artículo 1 del Decreto No. 20-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 61 del 26 de marzo de 2004 la frase que dice:
“Y su Protocolo de 1988 y sus Enmiendas”
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el once de junio del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
Nota Aclaratoria: El Número correcto del Decreto 20-2004 es el 020-2004, error de publicación en La Gaceta Diario Oficial No. 61 del 26 de Marzo de 2004.