ADSCRIPCIÓN A LA DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y PRENSA DE LA REPÚBLICA
DECRETO EJECUTIVO N°. 12-90, aprobado de 16 de mayo de 1990
Publicado en la Gaceta, Diario Oficial N°. 99 del 24 de mayo de 1990
ADSCRIPCION A LA DIRECCIÓN DE INFORMACION Y PRENSA DE LA REPUBLICA
DECRETO LEY Nº 12-90
El Presidente de la República en uso de las facultades que le confiere el Arto. 150 de la Constitución de la República de Nicaragua,
DECRETA:
Artículo 1.- Adscríbase a la Dirección de Información y Prensa de la República creada por Decreto Ley 9-90 del once de mayo de mil novecientos noventa los Cines RAP, la Empresa Nicaragüense de Distribución Cinematográfica, la Empresa Nicaragüense de Cinematografía, la Empresa de Servicios Cinematográfico y la Cinemateca de Nicaragua.
Artículo 2.- El presente Decreto Ley deroga cualquier otra disposición legal que se le oponga y entrará en vigencia desde su publicación por cualquier medio de comunicación social sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta". Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los dieciséis días del mes de mayo de mil novecientos noventa.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.
Observación: El Decreto Ejecutivo Nº. 12-90, Adscripción a la Dirección de Información y Prensa de la República, se encuentra incorporado en el Registro del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Telecomunicaciones y Servicios Postales.