Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos - Ley
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ADSCRIPCIONES

DECRETO-LEY No. 22-90, aprobado el 8 de junio de 1990

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 118 de 20 de junio de 1990

El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 150 inciso 6) y la Ley 103 de la Asamblea Nacional del 31 de Mayo de 1990.

Decreta:

Artículo 1.- Adscríbase el Instituto Nicaragüense de Administración Pública (INAP), al Ministerio de Finanzas.

Artículo 2.- Adscríbase el Instituto Nicaragüense de Cine (INCINE), a la Dirección de Información y Prensa de la Presidencia (DIPP).

Artículo 3.- Adscríbase el Instituto de Historia de Nicaragua a la Universidad Centroamericana (UCA).

Artículo 4.- El presente Decreto deroga cualquier otra disposición que se le oponga y entrará en vigencia desde su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de Junio de mil novecientos noventa.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.
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