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Sin Vigencia
DECRETO PARA RESOLVER LA SITUACIÓN DE LOS TERRENOS DE LA ZONA FRANCA "LAS MERCEDES"
DECRETO EJECUTIVO N°. 256, aprobado el 20 de marzo de 1987
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 79 del 6 de abril de 1987
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Considerando
I
Que la Corporación Industrial del Pueblo (COIP) asumió directamente los pasivos que estaban a cargo de la Autoridad de Zonas Francas.
II
Que las propiedades a que se refiere el Decreto No. 48 del 13 de Octubre de 1976, no están siendo utilizadas para los fines previstos en la creación de la Zona Franca Industrial de Exportación "Las Mercedes, primera y segunda Etapa", sino más bien para la instalación de Planteles Industriales de dicha Corporación.
III
La conveniencia de asignar dichas propiedades a la entidad estatal destinada a la promoción y realización de las actividades industriales que el Gobierno Central ha puesto y ponga bajo su administración y dirección.
Por Tanto
En uso de sus facultades,
Decreta:
Arto. 1.- Asignar a la Corporación Industrial del Pueblo (COIP) la administración de las propiedades descritas y deslindadas en el Decreto Ejecutivo No. 48 del 13 de Octubre de 1976, publicado en La Gaceta No. 239 del citado mes y año, el cual queda derogado Para todos los efectos legales.
Arto. 2.- El presente Decreto empezará a regir a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de Marzo de mil novecientos ochenta y siete. ¡Aquí no se Rinde Nadie!.- Daniel Ortega Saavedra, Presidente.