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Sin Vigencia
REFORMAS AL DECRETO SOBRE REGULACIONES PARA EL CONSUMO DE COMBUSTIBLE EN LA CIUDAD DE MANAGUA
DECRETO - LEY N°. 1007, aprobado el 29 de marzo de 1982
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 80 de 6 de abril de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
La siguiente:
REFORMA AL DECRETO SOBRE REGULACIONES PARA EL CONSUMO DE COMBUSTIBLE EN LA CIUDAD DE MANAGUA
Artículo 1.-Derógase el párrafo segundo del Arto 1 del Decreto No. 983, publicado en "La Gaceta" No. 56 del 9 de marzo, corriente.
Artículo 2.- Refórmase el Arto 2° del mismo Decreto No 983, el cual se leerá así:
" Arto 2: Esta disposición permanecerá en vigencia hoy, desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectivo, sin perjuicio de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos " Año de la Unidad Frente a la Agresión" .
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- Sergio Ramírez Mercado.- Daniel Ortega Saavedra.- Rafael Córdova Rivas.-