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Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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Categoría normativa: Leyes
Materia: Transporte

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LEY DE REFORMA A LA LEY REGLAMENTARIA PARA LA EMISIÓN Y OBTENCIÓN DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL TRANSPORTE TERRESTRE

LEY N°. 381, aprobada el 20 de febrero del 2001

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 48 del 8 de marzo del 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

La siguiente:

LEY DE REFORMA A LA LEY REGLAMENTARIA PARA LA EMISIÓN Y OBTENCIÓN DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN EL TRANSPORTE TERRESTRE

Artículo 1.- Refórmese el Artículo 13 de la “Ley Reglamentaria para la Emisión y Obtención de las Licencias de Funcionamiento en el Transporte Terrestre”, el que se leerá así:

Arto. 13. La tarjeta o la licencia de operaciones se emitirá con validez permanente.”

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Febrero del dos mil uno. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional. PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, uno de Marzo del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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