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Sin Vigencia
RATIFÍCASE CONTRATO DE PRÉSTAMO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y DE NEDERLANDSE INVESTERING BANK VOOR ONTWÍKKELINGSANDEN N.V.
DECRETO EJECUTIVO N°, 1504, aprobado el 10 de septiembre de 1984
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 178 de 17 de septiembre de 1984
Ratifícase Contrato de Préstamo
Decreto No. 1504
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Se ratifica en todas y cada una de sus partes el Contrato de Préstamo otorgado por De Nederlandse Investering Bank Voor Ontwikkelingsanden N.V., a la República de Nicaragua por Veinte y Tres Millones de Florines (HFL-23.000,000.00), para financiar la adquisición de bienes y servicios para el desarrollo de Nicaragua, suscrito el 22 de Agosto de 1984.
Artículo 2.- El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los presupuestos de ingresos y egresos de la República las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los diez días del mes de Septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro.- "A Cincuenta Años Sandino Vive".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- Daniel Ortega Saavedra.- Sergio Ramírez Mercado. Rafael Córdova Rivas.
Observación: Esta norma jurídica se ajusta al título conforme al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.