DELEGACIÓN DE FUNCIONES
DECRETO No. 135-2004, Aprobado el 21 de Diciembre del 2004
Publicado en La Gaceta No. 252 del 28 de Diciembre del 2004
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
DELEGACIÓN DE FUNCIONES
Artículo 1.- Se faculta al Ministro de Gobernación para que, en ausencia del Presidente de la República, convoque y presida las sesiones del Comité Nacional del Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres.
Artículo 2.- Se derogan los Decretos Nos. 15-2002 y 96-2002, publicados en La Gaceta, Diario Oficial, Nos. 43 del 4 de marzo de 2002 y 19 7 del 17 de octubre de 2002.
Artículo 3.- El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiuno de diciembre del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.