SE RATIFICA CONTRATO DE PRÉSTAMO OTORGADO POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA A LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
DECRETO EJECUTIVO N°. 148, aprobado el 03 de enero de 1986
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 4 del 07 de enero de 1986
Se Ratifica Contrato de Préstamo
Decreto No. 143
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA
Arto. 1.-Se ratifica en todos y cada una de sus partes el Contrato de Préstamo otorgado por el Gobierno de la República Popular China a la República de Nicaragua, por la suma de treintidos millones de Reminbi, moneda China suscrito en Béijin el día nueve de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.
Arto. 2.- El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los presupuestos de ingresos y egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Arto. 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de Enero de mil novecientos ochenta y seis. "A 25 años, "Todas las Armas contra la Agresión".- DANIEL ORTEGA SAAVEDRA. Presidente de la República.
Observación: El Decreto Ejecutivo Nº. 148, Se Ratifica Contrato de Préstamo Otorgado por el Gobierno de la República Popular China a la República de Nicaragua, se encuentra incorporado en el Anexo I, Registro de Normas Vigentes de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.
El Decreto Ejecutivo Nº. 148, fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 4 del 7 de enero de 1986, con el título Se Ratifica Contrato de Préstamo.